Por Manuel E. Tobar Barreto – Gerente – Fonte Estudio Jurídico.
¿Pueden registrarse como marcas los hashtag (#) que se utilizan en las campañas digitales de promoción?
Si. En la actualidad el mercadeo digital por redes sociales resulta ser una herramienta importante de promoción para productos y servicios. Las empresas hacen uso de plataformas como Instagram, Pinterest, Twitter, Facebook, entre otras, para promocionar sus productos y servicios a través del ya conocido #. Sin embargo, al igual que en las marcas tradicionales, la cuestión apunta a definir la viabilidad del registro o no de un determinado hashtag. En el caso de las marcas tradicionales, inicialmente se deben cumplir con tres requisitos básicos, sin perjuicio que la autoridad encargada desarrolle un estudio de fondo al respecto, a saber: i) distintividad de la marca, ii) que la marca sea perceptible por alguno de los sentidos; iii) y que sea susceptible de representación gráfica.
En el caso del hashtag, la orientación de la USPTO (Oficina de patentes y marcas de los Estados Unidos) es que una etiqueta acompañada del signo # es susceptible de registro cuando tiene una función indicativa del origen de los productos o servicios del solicitante .
Tomado de: http://www.wipo.int/wipo_magazine/es/2017/05/article_0009.html recuperado el 24 de mayo de 2018.
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