DECRETO 620 DE 2020 – Lineamientos generales en uso y operación de servicios ciudadanos digitales

MEDIANTE DECRETO 620 DE 2020 EL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES DEFINE LOS PRINCIPIOS Y LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DE SERVICIOS CIUDADANOS DIGITALES

Por: Jhon Alexander Acosta

 

En ocasión de la declaración de Estado de Emergencia Social, Económica y Ecológica declarada por el Gobierno Nacional a causa de la pandemia COVID-19, y de las medidas que se han tomado para darle freno al contagio de la pandemia se ha identificado como limitante para el desempeño del Estado, la poca capacidad de interacción y transformación digital del Estado. En ese orden de ideas, teniendo en cuenta que se hace necesario que la reglamentación de los servicios ciudadanos digitales, el Ministerio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones expidió el Decreto 620 del 2 de mayo de 2020.

En atención a las necesidades de seguridad de la información y seguridad digital, por medio del decreto se insta a los prestadores de servicios ciudadanos digitales a promover la obtención de métodos, medios y toda infraestructura que requiera con el fin de garantizar la prestación de los servicios con respeto a los derechos de los usuarios y total apego a los principios por los cuales debe regirse este servicio.

Ahora, estos servicios ciudadanos digitales deberán responder a la gratuidad, accesibilidad inclusiva, escalabilidad y el respeto por la libre elección y portabilidad como principios básicos en su prestación. Así, las entidades públicas y particulares que funjan como prestadoras de estos servicios deberán velar porque los usuarios reciban siempre la mejor calidad en el servicio sin importar la demanda del mismo, sin costo alguno en servicios base, con acceso universal y diversificado, y con la libertad de elegir y trasladarse entre prestadores como a bien tenga.

Por último, se dispone que el Ministerio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones publicará la Guía de lineamientos de los servicios ciudadanos digitales y la Guía para vinculación y uso de los servicios ciudadanos digitales -a la cual se deberán regir los prestadores del servicio- dentro de los 6 meses siguientes a la publicación del decreto, y a su vez, las entidades públicas del orden territorial y las demás, implementarán los servicios ciudadanos digitales y la sede electrónica, dentro de los 18 meses siguientes a la publicación del decreto.

 Las medidas, lineamientos y mandatos que se disponen en el decreto 620 de 2020 y aquí expuestas, buscan dar herramientas digitales tanto a las entidades estatales como a los ciudadanos con el fin de digitalizar las interacciones del estado con sus administrados en búsqueda de mejor gestión de los datos personales y la información. Para ampliación en la información y asesoría en los asuntos derivados de la misma, los especialistas de Fonte estarán a su disposición.

 

Agradecemos su atención y quedamos atentos a cualquier inquietud o comentario frente a la información expuesta.

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