MEDIANTE CIRCULAR 033 DE 2020 EL MINISTERIO DEL TRABAJO COMUNICA MEDIDAS DE PROTECCIÓN AL EMPLEO EN LA FASE DE MITIGACIÓN DEL COVID-19.

Por: Jhon Alexander Acosta

 

En ocasión de la declaración de Estado de Emergencia Social, Económica y Ecológica declarada por el Gobierno Nacional a causa de la pandemia COVID-19, de la Resolución No. 1 del 10 de abril de 2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con base en las alternativas dispuestas en la Circular No. 21 de 2020, el Ministerio del Trabajo mediante la Circular 033 de 2020 expone los mecanismos adicionales para la protección del empleo en el marco de la pandemia, los cuales se exponen a continuación:

 

  1. Licencia remunerada compensable: Teniendo en cuenta que el empleador puede otorgar licencias al empleador cuando lo considere, podrá acordar con el trabajador un sistema de compensación en el cual se determinen las jornadas adicionales que trabajará para compensar el tiempo que se le concedió como licencia remunerada.
  2. Modificación de la jornada laboral y concertación de salario: Empleador, trabajador y asociaciones sindicales podrán acordar, sólo durante la emergencia sanitaria y por escrito, modificaciones a uno o más de los siguientes aspectos de la relación laboral: jornada de trabajo, funciones del cargo, carga laboral, salario -respetando la referencia del salario mínimo mensual legal vigente-, entre otras.

En ningún caso el trabajador podrá renunciar ni a prestaciones sociales ni a reconocimiento por horas extras.

  1. Modificación o suspensión de beneficios extralegales: Empleador y trabajador podrán establecer acuerdos para modificar o suspender los beneficios asumidos libremente por el empleador que se consideran extralegales en función de tomar medidas que procuren por la estabilidad del empleo.
  2. Concertación de beneficios convencionales: Mediante acuerdos “extra convencionales” o “extra pacto” libremente concertados entre organizaciones sindicales o trabajadores no sindicalizados y el empleador, siempre que no se afecten derechos legales o se afecte el pago oportuno de salario, podrán someterse a revisión con el fin de darle manejo a la crisis económica y proteger el empleo.

 

Las medidas referidas en la Circular y aquí expuestas, buscan dar herramientas a los empleadores para la protección del empleo y alivianar las cargas económicas en medio de la emergencia económica, social y ecológica que se vive en el país. Para ampliación en la información y asesoría en los asuntos derivados de la misma, los especialistas de Fonte estarán a su disposición.

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